m) El aumento de tasa genera mayor libertad comercial y mayor crecimiento a las personas en la frontera?


El perito en sus argumentos comprobó que la libertad comercial está asociada a la oferta y la demanda y a los factores de libre acceso al ejercicio de cualquier actividad económica y de libre competencia. Cualquier ciudadano en la frontera debía poder iniciar una actividad mercantil o industrial, autodeterminando libremente las circunstancias y las condiciones de su ejercicio, pero también la libre competencia de la misma.

Explicó que cuando una región se ve afectada impositivamente, entonces la libertad comercial juega un papel importante, porque lo que se debe medir, es si las personas tienen la posibilidad de acceder al mercado en forma igualitaria para ofrecer bienes y servicios o para adquirirlos  en condiciones similares que se hubiera presentado antes de la imposición de tasas.

En el diseño de un nuevo impuesto o en el incremento de tasas, si concurre cualquier elemento como A. concurrencia desleal. B. Una conducta incorrecta. C. Un daño. D. Práctica desleal en cualquier aspecto. E. Un acto incompetitivo. F. Monopolios. H. Oligopolios. G. Restricciones a la asociación comercial. H. Abuso de posición dominante de uno o más agentes económicos. I. Impedimento, restricción o distorsión de la competencia. J Perjuicio relevante al interés general. K. Lesión al interés general relevante o L. Consecuencias de la comisión de actos anticompetitivos, entonces estamos frente a una limitación a la libertad comercial.

El perito fue acucioso al señalar, que con el IVA homologado, existe un daño al consumidor por el incremento de precios. Se crean restricciones o distorsiones de competencia, pues los productos que se venden en el Sur de California, Estados Unidos;, también se venden en el Norte de México, pero con un diferencial de precios marcado en esta región  por el incremento impositivo que aumenta también su precio y su asequibilidad. Por eso se manifiesta que el incremento de tasas NO genera mayor libertad comercial ni mayor crecimiento de las personas en la frontera, porque se genera un perjuicio relevante al interés general.